Firma Electrónica Avanzada - Todoconta

Firma Electrónica Avanzada

La firma electrónica es un conjunto de datos biométricos, para legitimar e identificar al emisor como si de su firma autógrafa se tratara.

Firma Electrónica Avanzada

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También conocida como Fiel, la Firma Electrónica nos brinda seguridad a las transacciones electrónicas de los contribuyentes.

Su origen legal está en el artículo 17-D del Código Fiscal de la Federación y permite identificar al autor del mensaje y verificar no haya sido modificadoen ninguna de las etapas del procedimiento.

Su diseño se basa en estándares internacionales de infraestructura de claves públicas (o PKI: Public Key Infrastructure) en donde se utilizan dos claves o llaves para el envío de mensajes:

  • La llave o clave privada que únicamente es conocida por el titular de la Fiel, que sirve para cifrar datos; y

  • La llave o clave pública, disponible en Internet para consulta de todos los usuarios de servicios electrónicos, con la que se descifran datos.

En términos computacionales es imposible descifrar un mensaje utilizando una llave que no corresponda.

Actualmente, los servicios que los que puede llegar a utilizar la firma electrónica tenemos:

  • Declaración Anual (en Personas Morales es obligatoria)
  • Factura Electrónica
  • Devoluciones Automáticas (en manuales es obligatoria)
  • Pedimentos Anuales
  • Dictámenes Fiscales
  • Expediente Integral
  • IMSS desde su Empresa (IDSE)
  • Donatarias Autorizadas
  • Padrón de importadores
  • Servicios Externos de Algunas Secretarías, entre otros.

Por esa razón se recomienda discreción con el uso de la FIEL, respecto del alcance con el personal que no sea de su total confianza puesto que en estos casos particularmente son de carácter delicado (fiscalmente hablando) y al ser firmados digitalmente se le estarían dando los mismos efectos legales que la firma autógrafa.

Diferencia entre la contraseña y la firma electrónica

La CIEC (ahora llamada sóloContraseña) te permite acceder a determinados servicios de la página del SAT mientras que la Firma Electrónica Avanzada, al estar conformada electrónicamente con datos biométricos brinda un acceso mucho mas completo.

Recordemos que la CIEC está conformada únicamente por el RFC del contribuyente y una contraseña, mientras que la Fiel se conforma por una clave privada, un certificado y una contraseña de acceso, además de que esta última tiene el mismo peso jurídico que una firma autógrafa.

Compartir mi firma electrónica a alguien mas

En principio legalmente NO deberías compartir con nadie, toda vez que ya hemos repetido en mas de una ocasión que este elemento tiene el mismo peso legal que tu firma autógrafa.

Para ello es importante echar un vistazo a lo que establece la Ley de Firma Electrónica (expedida en 2012), en su artículo 8 nos hace mención de las características legales propias de este elemento legal:

  • Equivalencia Funcional
  • Autenticidad
  • Integridad
  • Neutralidad Tecnológica
  • No Repudio
  • Confidencialidad

Todas y cada una de las características anteriores hacen referencia a la importancia que recae en la Firma Electrónica como elemento legal y que sin lugar dudas tiene la misma validez y peso que tu firma autógrafa.

No le entregarías a alguien un papel firmado en blanco, a menos de que sea de tu entera confianza ¿Cierto?

En ese sentido debo decirles que en el despacho hemos tenido la confianza de varios de nuestros clientes y tenemos acceso a sus firmas electrónicas desde siempre.

También debo hacerles mención que guardamos completo recelo sobre el uso que les damos a estos elementos electrónicos pues cuidamos incluso de su vencimiento.

Esta práctica empezó en nuestro despacho (y en el de la mayoría del país) cuando empezó a implementarse su uso, cuando el contribuyente estaba muy alejado del alcance que al Firma Electrónica Avanzada podría tener en material no solo fiscal.

Obtener una nueva firma electrónica

Si por alguna razón no recuerdas la contraseña de acceso de tu Firma Electrónica, o por alguna razón has perdido el archivo con extensión .key, temo decirte que no existe forma de recuperarla.

Para ello deberás solicitar una revocación de tu FIEL (cancelación) ante las oficinas del SAT con los siguientes documentos:

  • Escrito libre con firma autógrafa del contribuyente o representante legal, en su caso, donde se señale la causa por la cual se solicita la revocación del certificado. Este escrito se entrega por duplicado y deberá contener las formalidades señaladas en el artículo 18 del Código Fiscal de la Federación.

  • Original o copia certificada de la identificación oficial del contribuyente o representante legal.

No te preocupes si no llevas el escrito, los del personal del SAT pueden realizarlo por ti en el momento en el que solicites este trámite, sin embargo, mas vale llevarlo para acelerar el trámite.

De la misma manera deberás acudir a las oficinas del SAT si tu Firma Electrónica se encuentra caducada.

Anteriormente, es posible renovarla estando ya caducada, o al menos mediante reglas de carácter general se establecía esta posibilidad, sin embargo, quitaron esta posibilidad.

Si es la primera vez que vas a**obtener tu Firma Electrónica **, te recomiendo que acudas con Cita a las oficinas del SAT, el procedimiento es completamente gratuito y los requisitos son mínimos (CURP, Identificación oficial, memoria USB, comprobante de domicilio y un correo electrónico).

Renovar firma electrónica caducada

[Actualización: 23.06.2020]

La autoridad se ha replanteado la posibilidad de permitir al contribuyente renovar la firma electrónica caducada a través del SAT ID.

De momentosólo aplica para personas físicassi el vencimiento no excede un año al momento de su trámite.

Para renovarla deberás realizar lo siguiente:

Paso #1- Ingresar a la aplicaciónSAT IDy dar clic en “Iniciar trámite de renovación de e.firma”.

Iniciar trámite de renovación de firma electrónica

Paso #2- Iniciar el proceso de registro. Para ello deberá proporcionar su RFC, correo electrónico y de forma opcional un número telefónico.

Deberás realizar el proceso de validación que consiste adjuntar tu identificación oficial, grabar un vídeo pronunciando la frase que te indiquen e indicar tu firma autógrafa.

👉 Esto proceso puede demorar hasta 5 días en los que la autoridad valide tu trámite.

Paso #3- Autorizado el registro procedemos a realizar el trámite de renovación utilizando la aplicaciónCertifica para generar los archivos de requerimiento.

Debemos seleccionar la opción “Renovación del certificado con autorización de SAT ID”.

Los archivos .key y .cer así como la contraseña a utilizar será la que corresponda a la firma electrónica caducada ( recuerda, máximo un año de vigencia).

Paso #4- Enviamos los archivos a través del portal del SAT paraobtener la firma electrónica.

El trámite 106/CFF Solicitud de renovación del Certificado de e.firma establece que esta modalidad aplica tanto para personas físicas como morales con certificado caduco, renovado o próximo a caducarse.

Sin embargo, vemos que de momento sólo está para quienes pueden ser usuarios de la aplicación SAT ID y por ahora sólo aplica para personas físicas.

En el caso de las personas morales con firma electrónica a las oficina del SAT para realizarlo (obtener cita).

Ahora vemos, cada vez mas recurrente este tema en otros ámbitos fuera de la esfera fiscal, pues incluso en trámites como el de**obtener tu cédula profesional **, nos lo están pidiendo.

Conclusión

Así que no se trata de pensar mal del profesionista a quien le hayas confiado tu FIEL, sino de hacer consciencia de que de aquí en adelante (desde años atrás) cada quien debe ser responsable de las mismas.

No duden que en un futuro muy próximo hasta para casarnos tengamos que contar con la Firma Electrónica Avanzada.

¿Dudas sobre este tema?

Si necesitas ayuda o quieres que implemente este servicio por ti, no dudes en ponerte en contacto conmigo.

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Israel Castro Urieta

Acerca del Autor

Soy Israel Castro Urieta, contador público con más de 10 años de experiencia, apasionado por hacer la contabilidad más accesible para todos.