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Ingresos esporádicos por servicios profesionales

Las personas con ingresos esporádicos por servicios profesionales, presentan declaraciones cuando obtengan efectivamente dichos ingresos.

Ingresos esporádicos por servicios profesionales

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En ocasiones se nos presenta la oportunidad única de prestar un servicio profesional, por lo que en materia de impuestos estamos obteniendo ingresos considerados esporádicos.

Las personas físicas que obtienen este tipo de ingresos cuentan con la facilidad de presentar declaraciones provisionales y pagar cuando cobren estos ingresos.

De acuerdo con el artículo 107 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) se pagará a cuenta del impuesto anual la cantidad que resulte de aplicar la tasa del20% sobre los ingresos percibidos sin deducción alguna.

Sobre el impuesto que les resulte a cargo puedes aplicar las retenciones realizadas y con ello disminuir de la cantidad a pagar.

El pago provisional por ingresos esporádicos se realiza15 días siguientes a la obtención del ingreso, a diferencia de época de pago de las declaraciones por ingresos permanentes.

Además deben presentar declaración anual durante el mes de Abril del siguiente año y podrán disminuir los gastos directamente relacionados con la prestación del servicio profesional.

Tienen la ventaja de queno están obligados a llevar contabilidadni de presentar declaraciones distintas de las dos mencionadas anteriormente.

Esta facilidad aplica únicamente a aquellos que obtengan ingresos esporádicos por honorarios y no para los que realicen una actividad empresarial (actividades primarias, comerciales o industriales).

Si bien, la ley no específica lo que se considera esporádico, la corte indicó que no se le puede exigir a la autoridad que defina cada palabra si desde un principio se eligió un término de uso común que revela clara comprensión.

En este caso basta acudir a un diccionario para saber que la expresión “esporádico” significa ocasional, con poca frecuencia, con intervalos de tiempo irregulares, y de forma aislada, sin relación con otros casos anteriores o posteriores.

Sin embargo, el reglamento de la ley del ISR estable que cuando el contribuyentecuente con algún local para prestar servicios, estos ya no serán considerados de forma esporádica, puesto que se entenderá que realiza la actividad de forma permanente.

Ingresos por actos accidentales

En materia del Impuesto al Valor Agregado (IVA) la ley en su artículo 33 menciona que cuando se preste un servicio de forma accidental por el que se tenga que pagar este impuesto se pagará dentro de los 15 días siguientes a la obtención del ingreso.

Tampoco se podrá acreditar impuesto contra el impuesto que se genere en esta operación.

En estos casos no se formulará declaración mensual ni llevará contabilidad; pero deberá expedir los comprobantes fiscales y conservarlos en su domicilio a disposición de las autoridades ( artículo 30, tercer párrafo del Código Fiscal de la Federación).

Declaración de ingresos esporádicos por servicios profesionales

Una persona moral te contrata el día 27 agosto para dar una capacitación a su personal por el cual te pagan mediante transferencia hasta el día 06 septiembre un total de $ 7,150.00 MXN.

El recibo expedido considera las siguientes cantidades:

Importe$ 7,500.00
IVA1,200.00
Subtotal8,700.00
ISR retenido750.00
IVA retenido800.00
Total7,150.00

¿Qué impuestos y cuánto se debe pagar de cada uno de ellos?

¿Cuándo se debe presentar la declaración y pagar los impuestos?

Cálculo del ISR por ingresos esporádicos

Ingresos percibidos$ 7,500.00
(x) Tasa artículo 10720%
(=) ISR a cargo1,500.00
(-) ISR retenido750.00
(=) ISR a pagar750.00

Cálculo del IVA por actos accidentales

IVA Trasladado1,200.00
(-) IVA Retenido800.00
(=) IVA a pagar400.00

Aunque el comprobantes fiscal se generó en agosto, fue hasta el día 06 de septiembre que efectivamente se cobró, por lo que a partir de ahí se cuentan los 15 días (hábiles) para realizar el pago teniendo como fecha último a pagar el día 30 de septiembre.

En este cómputo de fechas no se consideran los fines de semana ni los días considerados no bancarios (16 de septiembre).

Presentar declaración en la página del SAT

Con los datos anteriores ingresamos a la página del SAT / Declaraciones / Presenta tus pagos provisionales o definitivos de personas físicas o damos clic aquí .

Nos identificamos y posteriormente en el menú Presentación de la declaración / Otras obligaciones.

Seleccionamos el tipo de Periodicidad (9-Sin Período) y Fecha de causación (fecha en la que se cobró, en este caso 06/09/2019) y damos clic en “Siguiente”.

Seleccionamos “IVA actos accidentales” e “ISR Personas Físicas. De los demás Ingresos» y damos clic en “Siguiente”.

Declaración de ISR

No existe formulario “ISR Personas Físicas. Por ingresos esporádicos” o similar, por lo que se ha elegido esta opción de acuerdo con las preguntas frecuentes del SAT muy a pesar de que “De los demás ingresos” corresponde a un capítulo especial de este impuesto.

Seleccionamos “ISR personas físicas. De los demás ingresos” para empezar el llenado. Dentro del formulario para la determinación del ISR tenemos que ingresar los valores que hemos determinado en el cálculo anterior.

Una vez hemos finalizado los datos anteriores procedemos con la determinación del pago, así que damos clic dicha pestaña.

En caso depagar fuera del plazodeberáspagar actualizaciones y recargos, la aplicación los determina por ti aunque si deseas saber cómo se determinan da clic aquí .

Declaración de IVA

Seleccionamos “IVA actos accidentales” para empezar el llenado. Dentro del formulario para la determinación del IVA ingresamos únicamente la cantidad a cargo que hemos determinado en el cálculo anterior.

Damos clic en guardar y procedemos con el envío de la declaración.

Damos clic en “Enviar Declaración” y proceder con el pago.

Tendrás una línea de captura que presentarás en ventanilla bancaria o podrás pagar directamente mediante transferencia.

En caso de no presentar en la fecha establecida como límite, deberás presentar nuevamente la declaración ingresando exactamente los mismos datos ya que no existe declaración complementaria para estos casos.


Ahora ya sabes los beneficios fiscales cuando obtienes ingresos esporádicos por servicios profesionales así como las limitantes a la hora de calcular el ISR e IVA.

También cómo presentar la declaración cuando tienes este tipo de ingresos a través del portal del SAT para pagar los impuestos correspondientes.

¿Dudas sobre este tema?

Si necesitas ayuda o quieres que implemente este servicio por ti, no dudes en ponerte en contacto conmigo.

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Israel Castro Urieta

Acerca del Autor

Soy Israel Castro Urieta, contador público con más de 10 años de experiencia, apasionado por hacer la contabilidad más accesible para todos.