Cancelar una factura dejó de ser cuestión de apretar un botón. Hoy la cancelación de CFDI suele necesitar que el otro lado diga que sí, tiene fecha límite y, si te equivocas, trae multa. Lo que antes era un trámite unilateral hoy es un proceso con reglas que conviene conocer antes de necesitarlo.
El cambio busca lo mismo de siempre: que nadie borre de un plumazo un comprobante que a la otra parte ya le sirvió para deducir o acreditar. Pero en la práctica, mete plazos y candados que hay que respetar.
La cancelación de CFDI necesita la aceptación del receptor
La regla general la marca la 2.7.1.34 de la Resolución Miscelánea Fiscal: cuando quieres cancelar un comprobante, lo solicitas por el portal del SAT o tu proveedor de timbrado, y el receptor tiene tres días para aceptar o rechazar la cancelación1.
Si el receptor no responde en ese plazo, opera la aceptación tácita: el SAT da por cancelado el comprobante por plazo vencido.
La regla de los tres días tiene trampa: el silencio cancela. Si eres el receptor y no revisas tus solicitudes, una factura que necesitabas se te puede cancelar sola.
Pero la RMF 2026 endureció dos casos, cada uno a su manera. El primero es el CFDI con complemento de pago (REP): perdió la facilidad de cancelarse sin aceptación, incluso por montos menores a 1,000 pesos, así que ahora se tramita como cancelación con aceptación del receptor. Eso sí, conserva la regla del plazo vencido: si el receptor no responde en tres días, el silencio cancela.
El segundo es más estricto. Para los CFDI de hidrocarburos y petrolíferos —y los de Carta Porte que amparan gasolina o diésel— la cancelación solo procede con la aceptación expresa del receptor: el silencio ya no cancela, y si no responde, la factura queda vigente indefinidamente.
Del otro lado están las salidas rápidas. Se pueden cancelar sin aceptación del receptor, entre otros, los CFDI de hasta 1,000 pesos (salvo los de pagos e hidrocarburos) y algunos supuestos puntuales. Saber en cuál de los tres cajones cae tu comprobante es lo que evita que una cancelación se atore.
Plazos y motivos: hasta cuándo puedes cancelar
Aquí entra el cambio que más cola trae. La reforma al artículo 29-A del Código Fiscal, vigente desde 2026, fija un plazo duro: los CFDI se pueden cancelar a más tardar en el mes en que se presenta la declaración anual del ISR del ejercicio en que se emitieron2.
En cristiano: una factura de 2026 se podrá cancelar a más tardar cuando presentes tu anual de ese ejercicio, en 2027. Pasado ese punto, la puerta se cierra.
Además, toda cancelación exige una clave de motivo, y elegir bien importa:
- 01: comprobante con errores con relación (lo sustituyes por otro, y debes referir el folio del nuevo).
- 02: comprobante con errores sin relación.
- 03: no se llevó a cabo la operación.
- 04: operación nominativa relacionada en una factura global.
El motivo 01 es el que más se equivoca: si cancelas para corregir, tienes que emitir el comprobante nuevo y relacionarlo. Cancelar sin sustituir cuando dijiste que sustituirías es justo lo que el SAT detecta.
Si el comprobante mal hecho era de pago, conviene repasar también las reglas de cancelación del complemento de pagos, que tienen su propia lógica.
Las multas por cancelar fuera de tiempo o mal
Cancelar tarde o sin cumplir requisitos dejó de ser gratis. El artículo 82, fracción XLII, del Código Fiscal sanciona la cancelación fuera de los plazos o sin los requisitos con una multa del 5% al 10% del monto de cada CFDI cancelado de forma irregular2.
Es una multa por comprobante, no por ejercicio. En un negocio con muchas operaciones, cancelar mal en lote se vuelve caro rápido.
Y hay un costo silencioso aún peor: si no cancelas a tiempo un CFDI que ya no procede, ese ingreso se queda en tus registros y te infla la base en la declaración anual. Terminas pagando impuesto sobre una operación que no existió.
Cómo no tropezar con la cancelación
La cancelación de CFDI premia al ordenado. Tres hábitos evitan casi todos los problemas: cancela dentro del ejercicio sin esperar al límite de la anual, elige bien la clave de motivo (y sustituye cuando uses la 01), y revisa tus solicitudes recibidas para que no se te cancele algo por silencio.
El punto de partida es saber, en cualquier momento, cuáles de tus comprobantes siguen vigentes y cuáles cambiaron de estatus. Tener tus CFDI descargados y con su estatus validado, para detectar a tiempo lo que se canceló, es justo lo que dejamos resuelto en nuestra app.
Footnotes
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Resolución Miscelánea Fiscal 2026, regla 2.7.1.34: procedimiento de cancelación con aceptación del receptor, plazo de tres días y aceptación tácita; el CFDI con complemento de pago se cancela con aceptación del receptor (le sigue aplicando la tácita por plazo vencido), mientras que los CFDI de hidrocarburos y los de Carta Porte que amparan combustibles requieren aceptación expresa. ↩
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Código Fiscal de la Federación, artículos 29-A (plazo de cancelación) y 82, fracción XLII (sanción): la cancelación procede a más tardar en el mes de la declaración anual del ejercicio; la cancelación fuera de plazo o requisitos se multa con 5% a 10% del monto de cada comprobante. ↩ ↩2